Índices de violencia obstétrica en México

«La mortalidad materna representa un grave problema de salud pública, sus causas son evitables y es la máxima expresión de injusticia social, ya que es en los países de menor desarrollo económico donde existen las cifras más altas de muertes maternas y son las mujeres pobres las que tienen mayor riesgo de morir por embarazo, parto o puerperio».

(Comunicado de prensa de la Organización Panamericana de Salud (OPS) Washington, DC, 9 de mayo de 2002)

 

La Ley de Acceso a las mujeres de una vida libre de violencia del estado de Guanajuato define a la violencia obstétrica como: “[…] todo acto u omisión intencional, por parte del personal de salud, que dañe, lastime o denigre a la mujer durante el embarazo y parto, así como la negligencia en su atención médica”.

Debido a esto es importante entender la violencia obstétrica por medio de dos dimensiones:

1. Física: Es cuando hay violencia física, prácticas invasivas, suministro de medicamentos injustificados o negación de la atención medica.
2. Psicológica: Es el trato deshumanizado, otorgar poca información, discriminación, insultos, bromas, humillación y negación u omisión de información sobre la evolución de su parto o embarazo.

Es necesario recordar que este tipo de violencia puede suceder durante la atención institucional o en la esfera social, ya sea por parte de los familiares o desconocidos y antes, durante y después del parto. El orillar u obligar a abortar y el esterilizar a la mujer sin consentimiento también es violencia obstétrica.

Alrededor de 23.000 mujeres mueren cada año en América Latina y el Caribe por causas relacionadas con el embarazo. (OPS 2002) A pesar de que existen reportes de mujeres que han fallecido en labor de parto por falta de insumos, presupuesto o personal para ser atendido, no se han tomado las medidas necesarias para que esta problemática no siga ocurriendo.

En México, la Ley General no incluye la violencia obstétrica y a nivel local únicamente Chiapas, Guanajuato, Durango y Veracruz, cuentan con definiciones de violencia obstétrica en sus leyes respectivas. Pero únicamente en Veracruz está tipificada como delito, imponiendo multas que van de tres a seis años de prisión y multas de hasta 300 días de salario mínimo.

A pesar de que el Instituto Nacional de Estadística y Geográfica (INEGI), en el último censo del 2010 pide la realización de acciones preventivas durante el periodo gestacional, aún no se han realizado los trabajos necesarios para poder llevar a cabo dichas acciones, en los centros de salud pública.

Las acciones que se realicen para la atención durante el posparto o periodo puerperal son esenciales para prevenir complicaciones. A pesar de esto de acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Geográfica, “el 70% de las mujeres de 15 a 49 años tuvieron su primera revisión en los primeros 30 días posteriores al parto; sin embargo, 17 de cada 100 mujeres puérperas no fueron revisadas”. (ENADID 2009)

En 2010 en México según INEGI, ocurrieron 1 078 defunciones por complicaciones del embarazo, parto o puerperio. Con este número de defunciones, el índice de mortalidad materna es de 56 fallecimientos por cada cien mil nacidos vivos.

Una de las problemáticas más graves son los embarazos en mujeres adolescentes, ya que son ellas las que se encuentran en un estado de vulneración más amplio que mujeres más grandes, no sólo en la madures física y mental, sino también en información y en la capacidad para mantenerse económicamente. “El embarazo de las adolescentes y de las mujeres que se encuentran al final de su periodo reproductivo es particularmente de alto riesgo, se observa que la razón de mortalidad materna en las adolescentes de 15 a 19 años y en las mujeres de 45 a 49 años es de 46.8 y 73.7 defunciones.” (INEGI 2010)

Uno de los problemas más grandes que tenemos en México, es que la violencia hacia la mujer es sistémica, común y privada. En el país se sigue trabajando por tratar de erradicar la violencia contra la mujer pero a pesar de ello, aún hay términos y conceptos que no se han adoptado y que pareciera que son invisibles.

Apenas en México hace un par de años se empezó a escuchar sobre la violencia obstétrica pero casi no hay investigación del tema. Debido a esto es necesario que la investigación no solamente se quede en un librero sino que sirva directamente para hacer política pública y así cambiar el destino de muchas mujeres del país, ya que la violencia obstétrica ha sido normalizada tanto en la sociedad y como en el sector salud.

El último CENSO del 2010 nos indicó que las tres primeras causas de muerte materna representan 64.4% del total de estas defunciones, el (23.1%) se vincula con el edema, proteinuria y trastornos hipertensivos en el embarazo, el parto y el puerperio; la segunda se asocia con las complicaciones del trabajo de parto y del parto (20.3%) y la tercera son embarazos terminados en aborto (8.7 por ciento). Tan sólo el 50% de los nacimientos fueron realizados por cesáreas en su gran mayoría innecesarias. Todas estas muertes y prácticas pueden ser prevenidas, informadas, castigadas y erradicadas.

La violencia obstétrica viola los derechos humanos porque es violencia institucional y de género. Afecta los derechos sexuales y reproductivos, los derechos de igualdad, de autonomía, derecho a la no discriminación, de salud e integridad y a la información de la mujer. En casos más graves repercute en el derecho a la vida.

Por último es importante distinguir que el fin de este artículo no es criminalizar al sector salud, sino hacer conciencia de que es necesario otorgar herramientas para que realicen una labor humanitaria, informada y consciente.

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– CEDAW, texto de la CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER 

– CIDH .ACCESO A SERVICIOS DE SALUD MATERNA DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS 

– OMS México. CUIDADOS EN EL PARTO

 LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

– REGLAMENTO DE LA LEY ESTATAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DE GENERO DEL ESTADO DE OAXACA

LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO 

– INEGI www.inegi.org.mx

– Estadísticas apropósito del día de la madre datos de Querétaro (2010).Instituto Nacional de Estadística y Geografía. INEGI:México

– Villanueva-Egan, Luis Alberto, “El maltrato en las salas de parto: reflexiones de un gineco-obstetra”, en Revista CONAMED, vol. 15, núm. 3, julio-septiembre 2010, p. 148

– Roberto Castro & Juaquina Erviti “25 años de investigación sobre violencia obstétrica en México”, en Revista CONAMED, 2014;19(1):37-42