El 14 de diciembre de 2011 se reformó la Ley General de Salud en México[1], estableciendo la obligación para todos los hospitales del sector público, social o privado del sistema nacional, contar con un Comité Hospitalario de Bioética (CHB). Este tipo de comités comenzaron a formarse desde los años setentas, en México desde los noventas, sobre todo en los grandes hospitales. Con esta reforma de ley, se pretende que todas y cada una de las más de 3,500 unidades hospitalarias registradas en México cuenten con un CHB, lo que implica la necesidad urgente de personas con una seria formación en bioética.
Fue hasta el 31 de octubre del 2012, que la Secretaría de Salud expidió un acuerdo en el que indica las disposiciones generales para la integración y funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética[2], una de ellas establece un plazo de 6 meses para la instalación de dichos comités, esto significa que para el próximo 30 de abril del presente año todos los hospitales del país deberán contar por ley con un CHB. No cabe duda que esta es reforma positiva, sin embargo es un gran reto, ya que en la práctica existe muy poca gente con formación bioética sólida.
¿Qué hacen los CHB? Una de sus funciones principales es emitir recomendaciones respecto a los dilemas éticos que se pongan a su consideración, las cuales no son de carácter obligatorio, pero pretenden ser una ayuda en la toma de decisiones en situaciones complejas, que en ocasiones podrían llegar a ser de vida o muerte, como por ejemplo si sería lícito o no suspender la hidratación y nutrición a un paciente en estado comatoso permanente.
Dada su naturaleza, estos comités deben ser multidisciplinarios, conformados por personal médico de distintas especialidades, personas con otras profesiones como psicología, enfermería, trabajo social, sociología, antropología, filosofía, especialistas con educación formal en bioética, abogados con conocimientos en materia de salud, representantes del núcleo afectado o de personas usuarias de los servicios de salud y de la sociedad civil, así como representantes del credo religioso del paciente.
Vemos aquí una amplia invitación a los diferentes sectores de la sociedad, especialmente del ámbito de la salud, para que desde su especialidad o disciplina científica, formen parte de estos comités, lo cual requiere una vocación de servicio y compromiso, así como una formación bioética seria y rigurosa para contribuir a que las recomendaciones de los Comités de Bioética sean conforme a la inalienable dignidad de la persona humana y que busquen en todo momento, por medio de la deliberación bioética, el auténtico bien del paciente.
Desde este post hacemos la sugerencia a exalumnos del CISAV, tanto de diplomado como de maestría, para que en la medida de sus posibilidades e intereses participen dentro de los nuevos comités que se formarán en los hospitales de la ciudad de Querétaro.
[1] Decreto por el que se adiciona el artículo 41Bis y se adiciona el artículo 98 de la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación 14/12/2011
[2]Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones para la Integración y Funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad a los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética, publicado en el Diario Oficial de la Federación 31/10/2012