Madres condenadas… ¿Niños Condenados?

Con la próxima entrada en vigor del nuevo Sistema Nacional de Protección Integral, en el marco de la nueva Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, el Estado  Mexicano intentará por primera vez emprender un trabajo coordinado en los tres niveles de gobierno respecto a la protección de los derechos de la infancia. 

Ahora bien, a fin de emprender un trabajo multisectorial realmente coordinado y efectivo que involucre a los diversos actores sociales en todos los niveles de gobierno, es de vital importancia identificar cada sector y tipo de población objeto de protección, así, es necesario reconocer que en el caso de niñas, niños y adolescentes existen grupos en situaciones especialmente difíciles que merecen ser atendidos de manera particular, tal es el caso de aquellas niñas y niños cuyos padres se encuentran en situación de encarcelamiento.

Poco o casi nada se ha dicho o hecho sobre las condiciones de vida de las niñas y niños cuyos padres o madres se encuentran en prisión, sobretodo de aquellos quienes viven con sus madres al interior de los centros de readaptación social. Aunque existen diversos elementos a tener en cuenta frente esta situación, este post responde a un primer intento de visibilización de este grupo vulnerable.

Partiremos señalando que en el Estado de Querétaro, según el Reglamento Interno de los Centros de Readaptación Social (CERESO), las hijas e hijos de las internas condenadas a una pena privativa de libertad o prisión preventiva, podrán convivir con ellas hasta cumplir los cinco años de edad_, tanto si nacieron dentro o fuera de los CERESOS.

En el mejor de los casos, aquellas niñas y niños que cuenten con la presencia del padre o de la familia extensa o ampliada podrán convivir con ellos y no sufrir el drama de la vida en la cárcel, sin embargo, no es de extrañar que en algunos casos la mujer reclusa no cuente con el apoyo familiar necesario en el cual confiar la crianza de sus hijos. 

En este último caso y aunque a primera vista la norma se presume clara, queda pendiente resolver su forma de aplicación, ¿cómo una interna podría realmente mantener “bajo su cuidado directo” a su hija o hijo durante los cinco primeros años de vida?

Si los cuidados que requiere un menor en sus primeros años de vida resultan de gran impacto en lo que respecta a su desarrollo cognoscitivo, físico, afectivo, entre otros; vale la pena preguntarnos si una mujer interna cuenta con los medios necesarios para brindar a su hija o hijo los cuidados que respondan a sus característica especiales. Más aún teniendo en cuenta que los efectos nocivos de la vida en la cárcel, producto de la violencia y el encierro observados en la mayoría de los CERESOS, además de los padecimientos producto de un insuficiente servicio de salud, inviables condiciones de seguridad e higiene, etc. son particularmente perjudiciales en el caso de niñas y niños.

En este punto es pertinente afirmar que el derecho de toda niña y niño a crecer en familia es uno de sus derechos fundamentales y responde al interés superior de la niñez, a nivel nacional todas las legislaciones contemplan el derecho de niñas y niños a convivir con sus padres aun cuando estos se encuentran privados de libertad; tan es así, que algunas legislaturas han asignado en sus leyes estatales de infancia una categoría especial a este sector de la infancia, ya sea como niños que “se encuentran o viven en circunstancias de desventaja social” o en situaciones “especialmente difíciles”. 

Sin embargo, la ausencia en el ámbito penitenciario, de las medidas adecuadas para los menores en sus primeros años de vida, produce un deterioro irreversible, pues sus efectos son directamente impeditivos del desarrollo normal de una persona. Es decir, el resultado del sistema carcelario es una niña y niño violento, enfermizo, con detrimentos en su capacidad de aprendizaje y de relacionarse con sus pares desde una edad temprana. 

Frente a este escenario, tal parece que no sólo las madres son las condenados a una pena privativa de libertad, sino también sus hijas e hijos, ya que, además de los padecimientos descritos con anterioridad, las niñas y niños que no tienen otra opción que residir junto a sus madres en los CERESOS, se encuentran con el diario sometimiento a las reglas y rutinas comunes de la cárcel así como a la casi inexistente relación con el mundo exterior, lo que deviene en la ausencia de motivaciones y estímulos tan necesarios en la niñez.

Consideramos que el primer paso para intentar una solución a este problema es la visibilización de estas niñas y niños más allá del marco normativo, continuar ignorando a la infancia entre rejas bien equivale a su revictimización. Bajo ese contexto, la mejor manera de evidenciar esta realidad será contando con información precisa y oportuna respecto de: i) el número de niños que se encuentran en esta situación ii) las condiciones en las que viven, incluyendo una descripción de los servicios básicos recibidos, iii) si la madre cuenta con la preparación adecuada sobre el cuidado de sus hijos, iv) si cuentan o no con una familia extensa o ampliada que pueda velar por ellos después de la edad en la que deben abandonar el CERESO, de modo que puedan realizarse las medidas de acogimiento pertinentes y con la debida anticipación. 

Así, una mayor información sobre las condiciones de vida que envuelven a estos niños, permitirá una temprana identificación de la necesidad de servicios para los menores; aumentará la coordinación entre instancias, proporcionará información crítica sobre la magnitud y naturaleza de las cuestiones a atender, y proporcionará la base para un mayor financiamiento público y privado. Todo ello sin olvidar que un entorno adecuado puede influir en la calidad del lazo afectivo con la madre, relación que reviste especial importancia en la niñez, sobretodo en los primeros años de vida. 

No hay duda que existen muchos otros aspectos que considerar al abordar este tema, sin embargo, es importante dar este primer paso, la visibilización de este grupo de niños nos permitirá avanzar en las adecuaciones pertinentes del marco normativo y el planteamiento de programas sociales o de políticas públicas concretas que mejoren su calidad de vida. Atender de manera oportuna el entorno que rodea a la infancia en estas condiciones puede causar un gran impacto; un servicio de salud y nutrición oportunos, educación de calidad, hasta un espacio de juego apropiado y seguro pueden hacer una gran diferencia en lo que respecta al desarrollo integral del menor. 

La deuda que tenemos con estos niños es aún muy grande, al parecer hemos olvidado que quienes cometieron el delito son el padre o la madre y que los condenados no son, ni deberían ser, en ningún caso, sus hijos. Es momento de voltear la mirada y atender la realidad de estos niños invisibles. 

Imagen de Patricia Aridjis de la serie «Las horas negras».