Mercantilización de la medicina

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Por José Enrique Gómez Álvarez.

 

El costo de la atención es uno de los temas actualmente presentes en el ejercicio de la medicina. Al respecto, uno de los problemas que surge es la red de cuidados aportados por los seguros.

Los seguros, por un lado, se han constituido en una opción de prevención en caso de emergencia e incluso en situaciones no emergentes. No cabe duda de que un modo de atender las necesidades de salud es estableciendo mecanismos de una “falsa solidaridad”: muchos contribuyen con una cuota que por sí sola no cubre los gastos, pero que sumado a miles o millones de ahorradores se junta una masa de dinero que puede atender los relativamente escasos casos de urgencia médica.

Hay que hacer notar que es una “falsa” solidaridad, ya que en la mayoría de los casos la persona entra a un seguro para protegerse a sí misma, sin ninguna intención de proteger a otros de situaciones emergentes. Esta “falsa” solidaridad por supuesto no es exclusivo de este rubro. El pago de impuestos constituye otro caso. En general no gusta pagar impuestos, pero al menos parte de esos recursos son utilizados para servicios que no funcionan bien en el ámbito privado, por ejemplo el servicio de agua potable y el alumbrado público.

Lo anterior no quita que se haya inventado el suministro de servicios comunitarios con concesiones privadas. Así por ejemplo, el servicio de limpia de algunas ciudades, como Puebla, ha funcionado razonablemente bien aunque sea quizás discutible el costo del mismo. Pero regresemos al tema principal, los seguros médicos en teoría resuelven el costo de los servicios médicos, pero surge la pregunta de al ser estos negocios privados buscan el máximo beneficio de los servicios ofrecidos. Lo anterior lleva al problema de los costos médicos, de los honorarios de los profesionistas.

 

¿Qué son los honorarios?:

Por “honorarios” se entienden los emolumentos o estipendios que en justa retribución perciben por sus servicios las personas que se dedican a la práctica de las profesiones llamadas liberales, entre ellas la medicina. El término honorario tiene además y de forma sobresaliente, la connotación de cualidad moral al derivar del vocablo honor y se da como una respuesta, de parte de quien lo otorga, a un cumplimiento del deber prestado por parte del médico haciéndole con ello digno y honorable (López, 1999: 209).

Es así que los honorarios médicos no deben solo ser un precio a tratar como una mercancía más. Los honorarios son una retribución que no debería establecerse solo con criterios de lucro. Son una retribución que dignifica en ambas direcciones: paciente-médico y médico-paciente. Por supuesto, no es fácil en ocasiones señalar qué es la “retribución justa”. Es claro los extremos en un contexto dado, por ejemplo una cantidad ínfima o una cantidad muy alta, pero dar en el justo medio es difícil. Los honorarios deben de ajustarse de modo que no empobrezcan al paciente pero no dejen en la misma penuria al médico. El médico, en la mayoría de los casos, no “vive” de un solo paciente sino de una serie de ellos. La suma de los ingresos debe, en consecuencia, permitir una vida decorosa. Una vida decorosa es aquella en donde no faltan los elementos esenciales para vivir, más un valor adicional que de cierta holgura permita el entretenimiento y el desarrollo personal y profesional.

También debe considerarse la realidad de los pacientes. Dicho de otro modo, considerar el contexto y circunstancias de la prestación del servicio. En zonas urbanas probablemente puede ser mayor el cobro que en una zona rural empobrecida. De cualquier forma, los honorarios deben establecerse entre ambas partes. Lo anterior queda reflejado en la ley. Así el Código civil federal de México se señala:

Artículo 2606

El que presta y el que recibe los servicios profesionales; pueden fijar, de común acuerdo, retribución debida por ellos …

Artículo 2607

Cuando no hubiere habido convenio, los honorarios se regularán atendiendo juntamente a las costumbre del lugar, a la importancia de los trabajos prestados, a la del asunto o caso en que se prestaren, a las facultades pecuniarias del que recibe el servicio y a la reputación profesional que tenga adquirida el que lo ha prestado. Si los servicios prestados estuvieren regulados por arancel, éste servirá de norma para fijar el importe de los honorarios reclamados (Justia, 2024: s.p.).

Así, el criterio legal señala la costumbre y una proporción a la realidad del que presta y recibe el servicio. Digamos que debe considerarse el principio de solidaridad ante el paciente. El médico u otro profesional debe considerar la realidad del paciente y en su caso ajustar los honorarios a su circunstancia. Lo anterior por supuesto sin demeritar la búsqueda del honorario justo.

Por otra parte, debe evitarse la práctica deshonesta de recibir dinero adicional por parte de una farmacéutica por recomendar determinados fármacos a los pacientes. (López, 1999). Lo anterior nos conecta con la cuestión del lucro desmedido. Cuando se dan servicios por medio de aseguradoras debería considerarse el mismo criterio de los honorarios médicos: no cobrar desmedido por materiales o servicios proporcionados. En pocas palabras, debe estar acotado a no convertirse en un abuso, no importando que “lo pague la aseguradora”. Los insumos médicos que son cobrados a sobreprecios elevados constituirían una práctica indebida. Es decir, los insumos médicos deberían ser cobrados al costo de mercado habitual y no con precios enormes debido a que se da la posibilidad de cobrarlos.

Una dificultad pues es que esa intervención mixta de entidades privadas y también públicas en la intermediación de los servicios genera el posible problema del lucro desmedido o mejor dicho de la desnaturalización del cobro de servicios médicos. En este ámbito la clave está en la autorregulación en el caso del ejercicio privado de la medicina y en una verdadera política de control externo en el caso de entidades mediadoras. No es posible dejar “al libre mercado” los precios de los servicios médicos socializados en el mercado privado.

Otro modo de decirlo es no servirnos de las condiciones de salud de las personas, sino del servirlos. El servir implica como ya se mencionó el reconocer que tiene costos económicos el mantenimiento y restablecimiento de la salud y que alguien debe pagarlos, pero al mismo tiempo hay que reconocer que la práctica médica no es una mercancía más en el mercado:

Los bienes materiales, son claramente bienes y además necesarios para el hombre, pero no son los bienes supremos, sino solamente medios instrumentales. Cuando tales medios se buscan como fines, se desconectan de su sentido original al servicio del hombre y llegan incluso a volverse contra el mismo hombre, triste realidad que encontrarnos en el economismo y el cientificismo (Ochoa, G. Orozco, B. 1995:442).

La riqueza y el dinero, en pocas palabras son siempre medios y no fines en sí mismos. La mercantilización de la medicina es abandonar el ethos propio de la medicina e ir en contra de su objetivo original el restaurar, dentro de lo posible, las capacidades humanas de la persona enferma. El economismo que se presenta en la medicina socializada, y también en la privada es la búsqueda de la riqueza usando como medios a los pacientes. Los pacientes así son, en el mejor de los casos, unos clientes más que deben de adaptarse a las demandas del mercado.

Lo anterior no significa renunciar a la economía: debemos regular la producción de las cosas que se necesitan, pero la economía en sí misma es un medio y no un fin. El sentido último de una compañía de seguros médicos no es el lucro sino la salud de los pacientes. Por supuesto debe ser rentable para lograr sus fines, pero no a costa del sentido último que es el desarrollo y mantenimiento de las capacidades humanas.

El economismo fomenta una cultura del consumo de medicamentos y de procedimientos de dudosa necesidad. El economismo no es neutro moralmente. Implica convertir, como se dijo, un medio en un fin desvirtuándolo.

Todo proveedor de servicios médicos tiene un deber solidario con todos los hombres no solo los “clientes” que pagan. Así están obligados en conciencia, en situaciones de emergencia abrir sus espacios y recursos al bien de toda persona en condición doliente. Esto le podrá parecer ingenuo a alguna persona, pero es el camino cierto de la dignificación del ser humano.

 


 

Referencias

Justia (2024). Código civil federal. https://mexico.justia.com/federales/codigos/codigo-civil-federal/libro-cuarto/parte-segunda/titulo-decimo/capitulo-ii/#articulo-2606

López-de la Peña, X. A. (1999). Honorarios médicos profesionales. Gac Med Mex135(2), 209-212. https://www.anmm.org.mx/bgmm/1864_2007/1999-135-2-209-212.pdf

Ochoa, G. Orozco, B. (1999). Los honorarios médicos. Cuadernos de Bioética.No. 4. 439-459. https://aebioetica.org/revistas/1995/4/24/439.pdf

 

En este trabajo se reúnen algunas facetas de la filosofía actual. Recientemente se han destacado algunas de sus corrientes, a las que conviene atender, para estar al día en nuestro conocimiento filosófico. Pues todo depende del diálogo que logremos sostener con esas escuelas o tradiciones. Dentro de ellas se encuentran: la filosofía analítica, la fenomenología, la hermenéutica, con especial énfasis en la hermenéutica analógica y el nuevo realismo.

Perspectivas actuales de la filosofía

Mauricio Beuchot

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Se trata de una mirada desde su acción pastoral que se enfoca en las heridas sociales, en las problemáticas que afectan a los diversos ámbitos comunitarios y contienen efectos transversales en la persona, las familias, las comunidades y la sociedad en general.

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