Búsqueda de personas con análisis del contexto y perspectiva de género. Parte 1.

Por Alin Castellanos Rivero.

¡Mirame y dime que te importa!

(Aracely Salcedo, Colectivo Orizaba Cordoba)

El 30 de agosto pasado se conmemoró el día internacional de las Víctimas de desaparición forzada, las cifras oficiales de la Comisión Nacional de Búsqueda indican que de 1964 a la fecha han desaparecido 100.000 personas en territorio nacional, mujeres, hombres de todas las edades se encueran dentro de esta alarmante y desgarradora cifra, un número que reduce el dolor de las madres, miembros de las familias,  amistades y parejas de las víctimas a las que se les ha perdido el rastro. Son las familias y sobre todo madres las que realizan el papel del Estado y con sus propios recursos buscan a sus familiares; mismas que han denunciado la falta de protocolos en las búsquedas, sobre todo de interés de las autoridades para dar con el paradero de las y los desaparecidos y el poco profesionalismo que se ha demostrado en tanto al conocimiento y tratamientos de los casos por parte de las autoridades correspondientes. La problemática es tal, que en vez de reducir los casos, han aumentado.

A su vez se ha visibilizado, respecto a la desaparición de personas y el tratamiento de los casos, que persiste un prejuicio sobre las víctimas; se ha estigmatizado a tal grado que se llega a creer, inclusive se ha expresado por parte de los medios de comunicación y del mismo personal encargado de la seguridad de la población, que las víctimas pertenecían al crimen organizado o un bando contrario, que formaban parte de un grupo delictivo o había cometido actos ilegales. Lo que provoca rechazo, revictimización, criminalización y falta de interés de las autoridades y de la ciudadania que poco conoce del tema. Resultando en una violación de los derechos humanos de las víctimas directas e indirectas. A su vez, ello provoca que se perpetúen los estereotipos de género en la búsqueda e investigación de los caso de las mujeres desaparecidas y en tanto a los hombres recae el prejuicio de la pobreza, la falta de oportunidades, la marginación, la criminalización y la discriminación. Poco se sabe de la forma, lugar y motivo de la desaparición de miles de personas por lo menos en México. Las familias han mostrado sus historias y rostros, inclusive pegado las fichas de búsqueda en las paredes y paradas de camiones, una estrategia para su localización y a la vez para que la ciudadania en general sea consciente de que la próxima víctima puede ser cualquiera de nosotros.

Por otra parte y gracias a los movimientos de mujeres, activistas, colectivos y asociaciones civiles; así como de académicas y especialistas en el tema en conjunto con la Comisión Nacional de Búsqueda y la oficina del alto Comisionado en México de las Naciones Unidas, y ONU mujeres; han colaborado para que la búsqueda de personas cuente con perspectiva de género, herramienta que permitirá que se investiguen los casos sin prejuicios ni estereotipos de género; así como reflexionar con base a un análisis detallado la problemática. Lo que a su vez permitirá reducir los casos de desaparición, reducir la  la violencia  y la discriminación de género y  acceder a la procuración de justicia con esta perspectiva. Pero a qué nos referimos cuando hablamos sobre perspectiva de género, de acuerdo con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la perspectiva de género “se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género”, esta herramienta permite comprender como se produce la discriminación por sexo y brindar la posibilidad de reducir y eliminarla.

En el caso de México como otros tantos, el contexto es de suma importancia para investigar las desapariciones, con la finalidad de averiguar el por qué y el cómo de los hechos. Esta es la necesidad del análisis del contexto, que ha sido utilizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el análisis de violaciones graves de derechos humanos, se utiliza según la CNB (2021), en casos que suponen: 1) una serie de hechos en el marco de los cuales suceden las violaciones concretas de derechos humanos que se alegan, en una época determinada, y que va más allá de casos aislados; 2) una situación que implica cuestiones colectivas, masivas o sistemáticas dentro de las que se enmarca el caso concreto; 3) determinados hechos que conforman una práctica prevaleciente en una época concreta frente a un grupo de personas que comparten un vínculo en común, dentro del cual se enmarca el caso concreto. Este análisis conforme a la Comisión Nacional de Búsqueda es:

“…una herramienta de estudio y de análisis de las circunstancias en las que ocurren las violaciones graves a los derechos humanos. Su desarrollo y uso emana del Derecho Penal Internacional como elemento indispensable para aumentar la comprensión de contextos en las que se inscribieron violaciones graves a los derechos humanos, o situaciones que propiciaron que se las cometieran, perpetrados por aparatos estatales o situaciones de guerra o conflictos (tanto de carácter internacional como doméstico) con el objetivo de determinar la responsabilidad individual por crímenes internacionales” (CNB, 2021).

Es por ello, que realizar las investigaciones necesarias y pertinentes, deben de ser analizadas bajo el contexto. En el caso de mexicano, el aumento de feminicidios y de violencia contra la mujer así como el machismo que ha imperado en la cultura, son determinantes para la búsqueda e investigación de desaparición de las mujeres, y poder distinguir las diferencias que surgen en los casos de desapariciones de hombres. Esto permitirá enfrentar el problema y buscar soluciones eficaces.La desaparición de hombres, mujeres, niñas y niños; así como la diferencia en edad y condición social, influyen en las causas y consecuencias; por ello la necesidad de los protocolos y acciones de búsqueda diferenciados, ya que en ellos se toman en cuenta las condiciones y los riegos de las víctimas.

En ese sentido el documento emitido por la Comisión Nacional del Búsqueda, ONU mujeres y la oficina del alto comisionado de Naciones Unidas indica que “La desaparición forzada y la desaparición cometida por particulares tiene un impacto diferenciado en mujeres y niñas, el cual requiere la incorporación de la perspectiva de género en todas las partes del proceso” (2021, p.1). El mismo documento, indica que en México, 1 de cada 4 personas desaparecidas es mujer y en el caso de las personas desaparecidas menores de 18 años, este porcentaje aumenta a más de la mitad.

Por ello cuando las personas desaparecidas o no localizadas son mujeres, la búsqueda e investigación debe incorporar una perspectiva de género y considerar como eje causal los siguientes contextos: a) diversas formas de violencia de género, como la violencia sexual, la violencia familiar, delitos sexuales, feminicidios o transfeminicidios; y b) otros delitos, como la trata de personas (p.1).

Las mujeres víctimas indirectas de la desaparición, es decir las madres, hermanas, hijas, esposas, entre otras relaciones sanguíneas o no que se tenga con la víctima directa; mujeres que la desigualdad de género, aunada a la desaparición de sus seres queridos tiene repercusiones, físicas, mentales, económicas, sociales y legales. Un gran número de mujeres dedican sus esfuerzos de manera colectiva y/o individual sin ayuda de las autoridades correspondientes, ejerciendo acciones de búsqueda, exponiendo sus vidas y salud para el acceso a la verdad, la paz y la justicia.

Si bien existen retos para el análisis con perspectiva de género sobre todo por el prejuicio y desconocimiento del tema, hay mucho que avanzar y trabajar al respecto; así como conocer y formarnos en la materia. En la segunda parte nos adentraremos a las labores de las mujeres en la búsqueda y las obligaciones de las autoridades en materia de búsqueda de personas con perspectiva de género.

 


Referencias:

Comisión Nacional de Búsqueda. (2021). Desaparecidos y no localizados. Recuperado de: https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/Dashboard/Index

Comisión Nacional de Búsqueda. (2021). Acciones de búsqueda de campo. Recuperado de: https://comisionacionaldebusqueda.gob.mx/busqueda/

 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres: http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/lgimh.pdf