Sobre embriones congelados

Por José Enrique Gómez Álvarez

¿Existen derechos de paternidad? ¿Es lícito usar medios aparentemente nobles para fines correctos? ¿Los hijos tienen derecho a una paternidad/maternidad normal? Ese tipo de preguntas surgen en el proceso de la Fecundación in Vitro (FIV). Hace unos días salió una noticia del nacimiento de unos embriones que estuvieron congelados por 30 años. La nota periodística apunta al respecto:

Unos mellizos nacieron hace unos días en Tennessee, Estados Unidos, a partir de dos embriones congelados hace 30 años. Probablemente se trate de los embriones congelados durante más tiempo que dan como resultado un nacimiento exitoso. Los embriones estaban almacenados a unos -128 ºC en nitrógeno líquido desde el 22 de abril de 1992. Rachel Ridgeway adoptó los embriones congelados y dio a luz a los mellizos Lydia Ann y Timothy Ronald el pasado 31 de octubre. El padre, Philip Ridgeway, dijo que era «alucinante» (Cabral, 2022: s.p.)

La noticia ha surgido porque se estableció la marca de los embriones congelados con el mayor tiempo en ese estado que implantados  resultaron con nacimientos exitosos.

¿Qué tanto se realiza la FIV? Según datos de la International Committee for Monitoring Assisted Reproductive Technology  en el año 2018 se realizaron casi 3, 2000, 000 ciclos y nacieron de los mismos un poco más de 769 000 niños en los países revisados. Lo anterior muestra que es una práctica frecuente en todo el mundo (79 países reportados).

Derivado de las prácticas del FIV se generan embriones “de sobra”. Con ellos o se les descarta, o se experimenta con ellos o son congelados para posible implantación posterior o experimentar. ¿Qué opciones serían lícitas? Según Justo Aznar:

Se han propuesto cuatro posibilidades: a) la adopción por parte de los padres biológicos; b) la adopción por parte de otra pareja; c) la donación para experimentación y d) dejarles morir en paz, dándoles un final acorde con la dignidad que un ser humano requiere. Pero, sin duda, el destino real de la gran mayoría de los embriones congelados será su utilización para fines experimentales.
La primera solución es la idónea, aunque también la segunda es éticamente correcta, pero no parece fácil encontrar parejas sin hijos que estén dispuestas a acoger a uno de estos embriones congelados, pues sin duda, el resultado de esta adopción es bastante incierto, pues utilizando un embrión congelado no se puede excluir la existencia en el producto de ese embarazo de problemas médicos. Por ello, es encomiable que existan mujeres sin hijos que se ofrezcan para gestar a uno de estos embriones. Hasta ahora, han sido muy escasas las experiencias realizadas en este sentido (Aznar, J. s.f: s.p.).

Contrario a lo que sostiene Aznar, la primera y segunda soluciones no son correctas éticamente. Sencillamente son inaceptables. Dicho en términos éticos es una acción intrínsecamente mala.  Un principio que supone esta respuesta es que la vida no está encima de la dignidad. El valor absoluto a respetar es la dignidad humana y no la vida. Entonces la cuestión que surge es si la “adopción” de embriones respeta la dignidad del embrión.

Un modo de evaluar el caso presentado es evaluar el acto moral: objeto, fin y circunstancias. El objeto moral, hay que señalar, no es el acto físico, es sino lo que se hace con propiedad, es decir, lo que genera un estado de cosas reales. Otro modo de decirlo que es el objeto es la acción libremente elegida. Un buen ejemplo es el robar. El robar no es la acción física de tomar una cosa, sino la acción de tomar posesión de algo que no le pertenece al que actúa.

¿Cuál es el objeto moral? Se busca tener hijos. Pero no puede tener un hijo por cualquier medio. Las técnicas de FIV producen un doble problema. Por un lado, no respetan la dignidad de los padres y tampoco del hijo. Los padres se deben mutuamente entregar en la generación de una nueva vida. Ese donarse implica una sexualidad donde se une el acto procreativo y el acto sexual. Al ser eliminado el acto sexual se rompe esa característica esencial de la generación humana. Por otra parte, respecto al niño, queda su generación supedita a una técnica que despersonaliza, por decirlo de un modo, a la persona, la convierte en objeto de la tecnología.

En cuanto a la intención parece ser correcta. La intención es el objeto buscado por la acción. La intención es querer adoptar. Parece razonable.

Las circunstancias son elementos secundarios del acto moral. Agravan o disminuyen la bondad o maldad del acto realizado. En el ejemplo del robo, si el acto realizado fuese en una situación de necesidad, disminuiría la gravedad del mismo, pero robarlo a una persona a sabiendas de su pobreza, agravaría la acción. Las circunstancias en este caso no parece que agraven la situación.  Una circunstancia es que los embriones tenían 30 años congelados. Otro factor que agravaría la situación es que los embriones no son de los padres adoptivos.

El problema de fondo, cómo ya se indicó, es que se intenta remediar una situación ya de por sí mala, es decir el congelamiento de los embriones por medio de otro acto incorrecto: la implantación del embrión en una mujer, que además no es su madre.  La única manera de salvar la vida es hacer eso, pero cómo ya se dijo es malo en sí mismo. Entonces se aparece un dilema moral: no se puede actuar, pero si no se actúa los embriones morirían.

Ahora bien, ¿cómo dejarlos morir? La pregunta anterior supone que hay una diferencia, moral, entre matar y dejar morir. La primera siempre es ilícita (entendiendo claro está la vida humana inocente). El segundo caso a veces es lícito. Cuando se quieren evitar situaciones desproporcionadas, como en el caso del encarnizamiento terapéutico en pacientes terminales, es lícito suspender tratamientos.  Por supuesto, puede señalarse que la analogía no aplica al caso de embriones congelados, ya que no están recibiendo tratamiento y muchos de ellos no están en riesgo de muerte inminente.  No obstante, debido a que el acto de rescatarlo por medio del FIV no es lícito, parece que lo mejor es dejarlo congelado hasta que muera.

Regresando al caso de adopción de embriones el daño ya estaba realizado. Dicho de otro modo, el congelamiento de los embriones ya fue un acto malo moralmente y previo a eso, su generación por medio de los métodos de fertilización in vitro. Entonces ¿qué debía hacerse? Pues de un modo sencillo dejar que los embriones muriesen. El mal no se corrige con otro mal. Dicho de otro modo, el fin no justifica los medios. Independientemente de la técnica previa el problema es si la generación y posterior implantación debería considerarse una cosificación del embrión. El hijo es visto como patrimonio de los padres. Es verdad, que los padres insistirían que eso no es cierto. El acto realizado es un acto de adopción de otra persona, solo que en estado embrionario y que lo anterior les salva la vida. Es verdad, pero el problema de cualquier forma es que no puede hacerse el bien con un objeto malo.

 


Referencias

Aznar, J.  (s.f) “Procreación asistida. Disponible en: https://www.observatoriobioetica.org/fondo-documental-2/inicio-de-la-vida/procreacion-asistida#arriba

Cabral, S. (22 noviembre de 2022). “Los mellizos que acaban de nacer de embriones congelados hace 30 años”. BBC News Mundo. Disponible en: https://www.bbc.com/mundo/noticias-63723255

International Committee for Monitoring Assisted Reproductive Technology (2022). ICMART preliminary world report 2018. Disponible en: https://www.icmartivf.org/wp-content/uploads/ICMART-ESHRE-WR2018-Preliminary-Report.pdf